PASOS
POSTERIORES A LA CONSTITUCIÓN DE UNA EMPRESA
Les indicaremos los pasos
posteriores en la creación y constitución de una empresa con todos los
requisitos para operar legalmente y ser identificado ante las demás entidades.
Estos requisitos no son
necesarios para todas las empresas, todo depende del funcionamiento de la misma.
1. SUPERINTENDENCIA
DE INDUSTRIA Y COMERCIO
Es de carácter voluntario
pero es importante para proteger su marca, el lema, patente entre otro. Para
llevar esto acabo debe consultar lo siguiente: antecedentes marcarios, registro
de marca y patente, expedición de certificado de pesas y medidas, calibración
de instrumentos de medición.
2.
PLANEADOR MUNICIPAL
Es de carácter voluntario
siempre y cuando no sean establecimiento que funcione en zonas públicas, de
acuerdo a las licencias de usos de suelo permitidos en su establecimiento.
3. SECRETARIA
DE GOBIERNO
Es de carácter obligatorio
solamente para los establecimientos que expidan licores. La secretaria de
gobierno en cualquier momento a través de la alcaldía podrá verificar este
permiso.
4. CUERPO
DE BOMBEROS
Es de carácter voluntario
para una información técnica de la planta física de cualquier empresa, pero es
obligatorio para eventos masivos, como bares, discotecas, cines
5. DIRECCIÓN DE
IMPUSTO Y ADUANAS NACIONALES (DIAN)
Es de carácter obligatorio
para las personas naturales y jurídicas estando inscritas en el registro único
tributario (RUT), actualizaciones, cancelación y numeración de facturas.
6. SECRETARIA
DE HACIENDA
Es de carácter obligatorio,
ya que es el impuesto que le debemos pagar al gobierno para que cada
departamento cumpla con sus obligaciones.
7.
INVIMA
Es de carácter obligatorio
para las entidades que manipulen cualquier tipo de alimento procesado, bebidas
alcohólicas cosméticos, etc., además de la solicitud de registro sanitario la
cual certifica la calidad de los alimentos y bebidas públicas.
8.
SAYCO ACIMPRO
Es de carácter obligatorio
para los establecimientos abiertos al público donde se ejecuten obras
musicales. (Exceptos centros educativos)
·
TRAMITES
DE SEGURIDAD LABORAL
Este requisito son
obligatorios y deben realizarse una vez la empresa esté en funcionamiento para
garantizar la integridad de sus empleados.
1. INSCRIBIRCE
ANTE UNA EMPRESA ADMINISTRADORA DE RIEGOS PROFESIONALES.
2.
AFILIAR A LOS TRABAJADORES AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL Y DE PENCIONES
3.
AFILIAR A LOS TRABAJADORES A FONDO DE CESANTIAS.
4.
INSCRIBIRSE A UN PROGRAMA DE SEGURIDAD INDUSTRIAL.
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